• Por: Dra. María Gabriela Alpízar
    Fiscal del CECR
  • Dr: Alonso Cascante Arias
    Fiscal Asistente

Hace unos años, durante la Ponencia Colegios Profesionales y la Fiscalización del Ejercicio Profesional, el Dr. Luis Paulino Mora Mora, envestido en su entonces cargo de Presidente de la Corte Suprema de Justicia enumeraba varias de las funciones de los Colegios que desde la Sala Constitucional se han determinado vía jurisprudencia. En sus palabras:

Dice la Sala Constitucional entre otras cosas que es lo propio de los Colegios Profesionales luchar contra el ejercicio indebido y las competencias desleales, perfeccionar las condiciones de ejercicio profesional, promover la cooperación y ayuda entre sus miembros, la protección mutual y la asistencia social de los mismos y sus familiares, desarrollar su formación y promoción, y más adelante precisa que ejerce su competencia en las materias que suponen el control de la actividad de sus miembros, que se debe de reflejar en la actuación seria, honrada y digna en beneficio de los particulares que utilizan los servicios, lo cual se manifiesta en el control del acceso a la profesión, la represión del intrusismo y la vigilancia, en general, del marco jurídico que regula la actividad.

Estas funciones son, en rasgos generales, las mismas que las que ante la presión de un grupo de visionarias enfermeras, el Estado delegó en el Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Precisamente, los colegios y sobre todo sus fiscalías, deben cumplir con la protección a terceros, así como la defensa de los derechos de sus agremiados y el aseguramiento del cumplimiento de sus obligaciones. En el caso particular de esta corporación y en específico de este departamento, parte de esos derechos de la sociedad costarricense que deben de proteger son dos que se consideran fundamentales, por qué no, sagrados: el derecho a la vida y a la salud, los cuales también son reconocidos y cuidados desde nuestra constitución política.

Lo anterior, le otorga a las Fiscalías de los colegios profesionales del área de la salud un valor y responsabilidad aún mayor, pero de igual forma una exigencia que debe ir de la mano de la rigurosidad, veracidad, objetividad, transparencia y constancia.

Es de esperar, que las actuaciones destinadas a indagar si existe una posibilidad real de que alguna persona agremiada haya trasgredido la ética, pueda causar molestias, enojos y reclamos de los investigados o investigadas hacia la figura de la Fiscalía. Sin embargo, la realidad, es que este trabajo es precisamente relacionado con la mejora de la profesión, así como la protección de los derechos humanos, por ello es que la Fiscalía goza de independencia de criterio de acuerdo con el artículo 46 del Reglamento a la ley 2343.

Se menciona todo lo anterior, pues una denuncia contra la Fiscala del Colegio de Enfermeras ha tomado mucha notoriedad y eco en el público por investigar, lo cual de ninguna manera podría ser motivo de sanciones, penalizaciones o persecuciones porque precisamente ese es su trabajo.

Parte importante del trabajo de la Fiscalía es hacer cumplir la ley: en estos dos años este órgano ha tocado las puertas a muchos centros de trabajo privados y públicos que no pagan (o no pagaban) salario mínimo, subcontratan (o subcontraban), favorecen (o favorecían) el ejercicio ilegal de la profesión, colocan (o colocaban) el cuidado de poblaciones de riesgo en personas no autorizadas o insuficientes, forman (o formaban) irregularmente a figuras que caen en la intromisión, desvirtúan (o desvirtuaban) la labor de Enfermería y/o violentan (o violentaban) el acceso a la salud.

Quienes han trabajado en la Fiscalía saben que el trabajo que se realiza debe ser comprometido, transparente y motivado por la mejora de la profesión. El trabajo arduo de la Fiscalía ha traído múltiples frutos: a veces un grupo de enfermeras deja de recibir menos de la mitad del salario mínimo, a veces se detienen cobros injustos a los agremiados o agremiadas, a veces se logra poner sobre la palestra un tema que no se menciona, otras veces un reajuste a una norma o se inicia un proceso que devuelve a la Enfermería dignidad y razón de ser. En esta gestión la Fiscalía ha procurado dar un balance y lucha por todo eso: Detener perfiles que incluyen procesos y funciones de la Enfermería, Apoyar a las y los profesionales de diversos sitios tanto públicos como privados para hacer valer sus derechos, Investigar todas las denuncias de profesionales y organizaciones, abrir y recalificar plazas para profesionales de Enfermería… La Enfermería actual requiere de acción, por ello la Fiscalía ha realizado una serie de investigaciones que ha dado a conocer a las altas gerencias para alzar la voz por todos los profesionales que una vez le dieron el voto.

La Fiscalía no puede hacer diferencias de rango o de especialidad, precisamente porque se debe a los principios de transparencia y objetividad, y debe trabajar con todos y todas las profesionales de Enfermería en procura del cumplimiento de la legislación nacional y el bienestar de la sociedad costarricense, en el marco de la atención y el cuidado de la salud.

6 thoughts on “El trabajo de la fiscalía”
  1. Gracias por su excelente trabajo! Necesitamos más personas como ustedes en NUESTRO colegio! Los felicito por su esfuerzo y su compromiso no solo con los colegiados sino también con la población costarricense. Gracias por amar lo que hacen!

  2. Me parece novedosa esa acción de CREAR Y RECALIFICAR PLAZAS, me gustaría saber cómo lo alcanzó esta FISCALIA, pues esas funciones nunca han correspondido a su perfil ni a las funciones del COLEGIO DE ENFERMERAS DE CODTA RICA

  3. En el informe de Fiscalía. O donde conoceremos los informes completos de las investigaciones hechas por la fiscalia, sus resultados e implicaciones en beneficio de l@s cegiad@s? Cómo lograron crear y recalificar plazas si no es función del Colegio ni de ña Fiscalía?

  4. Me gustaria conocer los informes completos de las investigaciones hechas por la Fiscalía, sus resultados y el impacto en beneficio de los colegiados. ¿Como se logró la creacion y recalificación de plazas, si no ez función del Colegio ni la Fiscalía?

  5. DURANTE 2 AÑOS PREGUNTÉ QUE HACE LA FISCALIA EN SITU, CUAL ES EL IMPACTO DE LA DEFENSA DEL EJERCICIO PROFESIONAL Y NUNCA RECIBI RESPUESTA, SOLO QUISIERA ENTENDER Y VER EN UN INFORME QUE SE PRESENTE EN ASAMBLEA ¿CUAL ES LE IMPACTO DE LA FISCALIA EN EL EJERCICIO DE LA PROFESION? SOLO ESO!!!!!!!
    SE QUE SALEN MUCHAS VECES A VER EL SUBCONTRACION EN HOGARES DE ANCIANOS, Y OTRSO LUGARES PERO PREGUNTE ALGUNAS VECES SIN AFAN DE ATACAR NI DESVALIZAR EL TRABAJO IN SITU ¿QUE RESLOVIERON LOGRARON MEJORAS ECONIMICAS, O RECALIFIACIONES PARA ESAS ENFERMERAS? NO DESVALORIZO EL TRABAJO DE LA FISCALIA PERO DE LO QUE DICE EL REGLAMENTO 2343 A PARTIR DEL ARTICULO 47, EN ADELANTE LA FISCALIA CON 2 FISCALES NO ME EXOLICO CUAL ES LA ACTIVIDAD SUSTANTIVA A PARTE DEL INSITU YDE LA CANTIDAD DE TRABAJO, QUE HAY DENTRO Y FUERA DEL COLEGIO ADEMAS ASAMBLEAS VAN Y ASAMBLEAS VIENEN, JUNTAS DIRECTIVAS VAN Y JUNTAS VIENEN Y NUNCA HE VISTO NINGUN FISCAL INTERVINIENDO “EN EL CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS!, DE JUNTAS, ASAMBLEAS COMISIONES, ETC. ESPERO QUE ESTA GESTION DE NUEVA FISCAL REALICE ACCIONES MAS CONCRETAS EN SU FUNCION COMO TAL Y POR LEY Y NO SE DESVIE ASI COMO LO DICE DOÑA MARIA DELIA GRACIAS

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